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Empleados y contratistas federales afectados por una suspensión temporal sin sueldo

Conozca qué medidas tomar cuando hay un cierre del gobierno, y cómo reembolsar los beneficios cuando finalice la suspensión.

Si es empleado civil federal o empleado de un contratista federal y ha sido despedido permanentemente de su empleo, obtenga más información sobre los beneficios del seguro por desempleo en nuestra página de preguntas frecuentes.

Seguro por desempleo para trabajadores suspendidos

Si está suspendido debido a un cierre del gobierno federal, puede ser elegible para recibir los beneficios del seguro por desempleo en Maryland. Si recibe un pago retroactivo cuando regresa a trabajar, debe reembolsar los beneficios que recibió.

¿Quién es elegible para recibir los beneficios del seguro por desempleo durante el cierre?

Los empleados federales y los empleados de contratistas federales que no pueden trabajar y no reciben su pago debido al cierre del gobierno federal pueden reunir los requisitos para recibir los beneficios del seguro por desempleo.

  • Empleados federales suspendidos (no "exceptuados"): Si lo suspenden porque su puesto federal no está designado como "exceptuado" (a veces llamado "esencial"), es posible que sea elegible para recibir beneficios del seguro por desempleo durante el cierre. Los empleados en puestos "exceptuados", que deben trabajar sin remuneración, no se consideran desempleados y no son elegibles.
    • Nota: Los empleados civiles federales incluyen a las personas empleadas directamente por una agencia federal, ya sea con un nombramiento permanente, por un plazo determinado o temporal. Incluso si su puesto se describe como "contractual" dentro del sistema de personal federal, se le sigue considerando empleado federal a los efectos del seguro por desempleo, y debe identificarse como empleado federal al momento de presentar la solicitud. Por el contrario, si trabaja para una empresa privada que tiene contratos con el gobierno federal, consulte a continuación.
  • Empleados de un contratista federal: Si trabaja para una empresa del sector privado que tiene un contrato con el gobierno federal y lo suspenden sin goce de sueldo, es posible que reúna los requisitos para recibir los beneficios del seguro por desempleo en virtud del sistema de desempleo de Maryland (según el lugar en el que se haya declarado su salario). No indique que es un empleado federal cuando presente una reclamación inicial.

Para calificar para los beneficios del seguro por desempleo de Maryland debe cumplir con lo siguiente:

  • Empleados civiles federales: Su último lugar de destino oficial debe haber estado en Maryland. Si ahora vive en otro estado, puede presentar la solicitud allí y su reclamación se tramitará de forma adecuada. Sin embargo, para que el procesamiento sea lo más rápido posible, le recomendamos que presente la solicitud en el estado de su último lugar de destino oficial. Si su lugar de destino estaba fuera de Maryland y usted es un empleado civil federal, debe presentar la solicitud en su estado de residencia o en el estado de su lugar de destino. Ese estado determinará si usted reúne los requisitos.
  • Contratistas federales: Debe haber trabajado en Maryland (salarios declarados en Maryland) durante el "período base" (los 18 meses anteriores a la primera solicitud de los beneficios del seguro por desempleo). Si no realizó su trabajo en Maryland, comuníquese con el estado en el que trabajó para obtener más información sobre si puede calificar para los beneficios del seguro por desempleo.

Obtenga información sobre el proceso del seguro por desempleo y cómo presentar una reclamación.

¿Quién no es elegible para recibir los beneficios del seguro por desempleo durante el cierre?

  • Empleados federales exceptuados: Si es un empleado civil federal "exceptuado" (a veces llamado "esencial") que debe seguir trabajando durante el cierre, no está desempleado y, por lo tanto, no es elegible para recibir los beneficios del seguro por desempleo. Sin embargo, es posible que reúna los requisitos para recibir un préstamo sin intereses de 700 dólares a través del Programa Federal de Préstamos para el Cierre. Más información sobre este programa.
  • Militares en servicio activo: Si es un "militar en servicio activo", no está desempleado porque todavía está trabajando. Por lo tanto, no es elegible para los beneficios del seguro por desempleo.

Programa Federal de Préstamos para el Cierre

Si es un empleado federal exento, civil o no civil, que sigue trabajando pero no recibe su pago debido al cierre, es posible que reúna los requisitos para recibir un préstamo sin intereses de 700 dólares a través del Programa Federal de Préstamos para el Cierre, próximamente. Consulte la página del programa de préstamos para obtener más información o solicítelo hoy mismo.

Pausa de los procedimientos de ejecución hipotecaria

Si es un empleado del gobierno federal al que han suspendido involuntariamente o se le exige que trabaje sin goce de sueldo durante un cierre del gobierno federal, y se ha presentado una acción de ejecución hipotecaria en su contra en su residencia principal, puede reunir los requisitos para una detención temporal ("pausa") del procedimiento de ejecución hipotecaria en virtud de la ley de Maryland.

Para solicitar una pausa, debe presentar una moción ante el tribunal en el que esté pendiente la acción de ejecución hipotecaria y presentar pruebas satisfactorias de su suspensión o de su situación de falta de pago. Si cumple con los requisitos, el tribunal está obligado a conceder la suspensión (Consulte la sección 7-105.1 (b-1) del Código Anotado de Maryland, Bienes inmuebles].

Si necesita ayuda para encontrar un abogado que le brinde asistencia con sus procedimientos de ejecución hipotecaria, visite msba.org/site/site/content/Resources-and-Tools-Content/For-The-Public.aspx.

Preguntas frecuentes  

Si es un empleado civil federal suspendido, debe poder trabajar y estar disponible y presentar certificaciones de reclamo semanales para recibir los beneficios del seguro por desempleo.

Si no regresa a trabajar cuando se lo solicite (su empleador, cuando finalice el cierre), ya no será elegible para recibir los beneficios del seguro por desempleo.

Exenciones: Si es un empleado civil federal suspendido, no está obligado a cumplir con los requisitos de búsqueda de empleo de Maryland. Además, no es necesario que asista a un taller sobre Servicios de Empleo y Evaluación de Elegibilidad (RESEA, en inglés).

Los empleados de un contratista federal (empresa del sector privado que tiene contratos con el gobierno federal) que no estén trabajando debido al cierre deben cumplir con los requisitos de elegibilidad de Maryland (para obtener más información, consulte ¿Reúno los requisitos para recibir los beneficios del seguro por desempleo? y Cómo realizar una solicitud y cobrar los beneficios).

Sí. Si recibe un pago retroactivo por el período de cierre, ese pago se considerará como el salario de esas semanas. Debido a que los beneficios del seguro por desempleo no se pueden pagar por semanas en las que posteriormente usted reciba salarios, tendrá que reembolsar cualquier beneficio del seguro por desempleo recibido durante ese mismo período.

Recibirá un aviso de sobrepago de beneficios con el monto de su sobrepago. Para obtener más información, consulte la página web Auditorías y sobrepagos.

Puede solicitar la cancelación de su reclamación llamando a un agente de reclamaciones al 667-207-6520, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

Si ya presentó una reclamación debido a otro cierre gubernamental en los últimos 12 meses, debe volver a abrir la reclamación en el Sistema de Seguro de Desempleo de Maryland (BEACON, en inglés) y presentar una certificación semanal. Sin embargo, si han pasado más de 12 meses desde que presentó su reclamación inicial, o si su reclamación anterior se cerró, debe presentar una nueva reclamación.

Sí. Una vez que la División de Seguro de Desempleo de Maryland reciba un comprobante de sus salarios atrasados, se le enviará un "Aviso de sobrepago de beneficios" en el que se indicará el monto del sobrepago adeudado. Obtenga información sobre los reembolsos.

Puede comunicarse con la Unidad de Control de Pagos de Beneficios de la División de Seguro por Desempleo de Maryland de la siguiente manera:

¿Aún tiene preguntas generales?

Puede ponerse en contacto con los agentes de reclamaciones de la División de Seguro por Desempleo de Maryland de la siguiente manera:

  • Teléfono: 667-207-6520, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

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